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  • ISSN 2773-7357
  • hozpino@indecsar.org
  • Guayaquil, Ecuador

Artículos Científicos

Vol. 5 Núm. 14 (2024): Enero-Marzo 2024

Jubilación definitiva y los factores que condicionan su rechazo en el Estado Plurinacional de Bolivia

ARK
http://resolve.scienceontheweb.net/ark:/79347/RMF.v5i14.110
Enviado
agosto 4, 2024
Publicado
2024-03-31

Resumen

Toda sociedad requiere una seguridad social que garantice una vida digna a cada trabajador, uno de sus componentes es la protección a la vejez a través del sistema de jubilaciones, pero la experiencia ha demostrado que las pensiones son insuficientes para resolver los problemas de sobrevivencia de los jubilados. En Bolivia, está vigente el Sistema Integral de Pensiones (SIP) que establece además de un Fondo de Capitalización Individual, un Fondo Solidario para incrementar las pensiones bajas. Al reducirse los rendimientos de los Fondos e incrementarse los beneficiarios del Fondo solidario, el Gobierno presentó el Proyecto de Ley 035 que propone ajustes al SIP, para elevar los límites del fondo solidario y establece la jubilación obligatoria a los 65 años, medida rechazada por varios sectores. Ante ello, esta investigación, pretende analizar la jubilación definitiva a los 65 años y los factores que condicionan su rechazo. Metodológicamente, se adopta un enfoque cualitativo con métodos inductivo, subjetivo y analítico; siendo su nivel descriptivo, con diseño no experimental, documental y longitudinal, recolectándose datos de fuentes documentales secundarias. Los resultados muestran que los factores de rechazo del Proyecto son jurídicos, pues es inconstitucional ya que contraviene varios artículos de la Constitución Política del Estado (CPE) y otras normas; económicos, porque el cálculo de las pensiones considera una esperanza de vida de 110 años bajo criterios europeos, siendo lejana a la realidad boliviana que, sumada a los bajos niveles de rentabilidad de los fondos de ahorro, derivan en pensiones bajas, que inviabilizan mantener la calidad de vida y una vejez digna; sociales, al ser la medida discriminatoria porque no aplica a los políticos y autoridades electas o designadas. Por lo cual se concluye que hay factores condicionantes de la realidad boliviana en materia de pensiones que llevan a que el retiro voluntario no se dé, por lo que se mantienen activos laboralmente los que han alcanzado la edad de jubilación coartando las oportunidades de vinculación al sistema laboral de masa trabajadora joven

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